miércoles, 19 de octubre de 2011
Mujeres en la Orden del Temple.
El 11 de agosto de 1198, en la Encomienda de Rourell, Cataluña, un tal Berenguer Durán, que dice ser un asociado de la Orden del Temple, donó una parcela de tierra, en parte cultivada, que se encontraba en Robarroja. La cedía a doña Ermengarda d'Oluja, hermana de la Orden del Temple y por aquel entonces preceptrix (comendadora) de la Casa de Rourell, y al hermano Raimón de Solsona, al hermano Juan, al hermano Gillermo Escansset, a Titborgs (una mujer) y a los hermanos y hermanas presentes y futuros. Al parecer, la Casa de Rourell era muy grande y había en ella muchos hermanos para nombrar en la carta a todos los presentes, pero al menos hubo nueve.
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Los Templarios tuvieron muchos hombres y mujeres asociados, algunos de ellos tan estrechamente vinculados a la orden que resulta imposible distinguirlos de los profesos de pleno derecho. Es probable que los hermanos y hermanas de Rourell fueran en realidad miembros asociados de la Orden, no profesos. Pero si en verdad llevaban una vida religiosa, obedecían la Regla y participaban en los servicios que se celebraban en la iglesia, no cabe duda de que en la práctica no había ninguna diferencia entre ellos y los que habían profesado en la orden. Berengaria de Lorach, cuyo nombre Alan Forey ha encontrado citado en una serie de documentos del siglo XIII relacionados con la casa de los templarios en Barbará, aparece como donata (asociada) y como soror (hermana profesa), también se la nombra en las listas de testigos de los hermanos de la Orden (como si fuera una hermana más), y tenemos constancia de que asesoraba al Comendador de la Casa. El hecho de que actuara como testigo indica que residía en la Encomienda, aunque no está claro el papel que desempeñaba en la Orden.
Cabe destacar que muchas de las mujeres que aparecen documentadas como hermanas o asociadas de la Orden del Temple estaban en Casas de Cataluña. Probablemente este hecho se deba a que ha llegado a nuestras manos muchísima documentación de esa región, y los especialistas la han podido estudiar con detalle; pero en el caso de Inglaterra ha sucedido lo mismo, y en cambio sólo se tiene conocimiento de una asociada de la Orden y no hay constancia de hermanas de pleno derecho. Por su parte, en Alemania, donde la documentación de los Templarios es escasa, se sabe de un convento de monjas y de una hermana que fueron miembros de la Orden. Las mujeres tenían en la península Ibérica unos derechos de propiedad más amplios que en el resto de Europa occidental, por lo cual estaban mejor situadas para fundar conventos y podían disponer de sus propiedades si decidían ingresar en una Orden religiosa; del mismo modo, en buena parte de Alemania, la mujer podía heredar propiedades y utilizarlas como quisiera. Esta posibilidad hizo que las Órdenes religiosas en esas regiones las consideraran un objetivo importante al que no debían ignorar. En Inglaterra, en cambio, las mujeres casadas no tenían ningún control sobre sus propios bienes, por lo que no fueron tan bien recibidas.
TEXTO EXTRAIDO DEL LIBRO: LOS TEMPLARIOS Una nueva historia...DE HELEN NICHOLSON
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